Hoteles y el SES.Hospedajes RD 933/2021
El RD 933/2021 exige a los hoteles enviar los datos de los viajeros al SES.Hospedajes y mantener un registro digital actualizado. Cumplir con esta normativa garantiza seguridad y evita sanciones administrativas.
El RD 933/2021 regula la comunicación obligatoria de los partes de viajeros al SES.Hospedajes, gestionado por la Guardia Civil. Los datos deben enviarse en formato XML validado por el sistema y en tiempo real. Además, se requiere un software certificado o una integración con PMS que automatice el flujo de datos, asegurando el cumplimiento de los plazos legales (normalmente antes de las 24 horas tras el check-in).
FAQ
¿Qué es el SES.Hospedajes?+
El SES.Hospedajes es el sistema de la Guardia Civil para la gestión de partes de viajeros, obligatorio para alojamientos según el RD 933/2021.
¿Qué alojamientos están sujetos al RD 933/2021?+
Hoteles, hostales, apartamentos turísticos y cualquier establecimiento de hospedaje que ofrezca alojamiento temporal deben cumplir con esta normativa.
¿Cómo se envían los datos al SES.Hospedajes?+
Los datos de los partes de viajeros se envían en formato XML, validado previamente por un software compatible o un PMS integrado con el sistema.
¿Qué ocurre si no cumplo con el RD 933/2021?+
El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas severas, incluyendo multas económicas y la posible suspensión de la actividad del alojamiento.
¿Es obligatorio mantener un registro físico de los partes de viajeros?+
No, el RD 933/2021 permite el registro digital siempre que esté disponible para inspección durante un periodo mínimo de 3 años.
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