Multas SES.Hospedajes: por que conviene validar antes de subir
Las sanciones convierten el parte de viajeros en una tarea de cumplimiento, no en simple administracion.
Las sanciones se rigen por la Ley Orgánica 4/2015, de Seguridad Ciudadana. La carencia de los registros previstos o la omisión de comunicaciones obligatorias pueden suponer una infracción grave (art. 36.20), con multa de 601 a 30.000 €. Las irregularidades al cumplimentar los registros, como datos falsos o comunicaciones fuera de plazo, pueden suponer una infracción leve (art. 37.9), con multa de 100 a 600 €. Los importes de cada tramo están en el art. 39.1. Textos en el BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-3442 y https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/26/933
Un XML mal formado puede retrasar la comunicación. Parte-Listo comprueba la estructura y los campos obligatorios según las instrucciones publicadas por el Ministerio, pero no evita las sanciones por sí solo: revisa el XML antes de subirlo a SES.Hospedajes y hazlo dentro del plazo de 24 horas.
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